
Honorable Concejo Deliberante
Tigre
Bloque Frente para la Victoria
VISTO
La contaminación de los tanques de agua en el barrio La Paloma
CONSIDERANDO
Que asegurar la salud pública es un deber del Estado previsto en las normativas vigentes y, cuando ésta se encuentra en peligro por alguna causal, es su obligación brindar la ayuda necesaria para llegar a una solución
Que la situación económica y social de las familias que viven en el barrio no les permite, en muchos casos, poder solventar los costos del camión atmosférico
Que cada día que pasa la situación se agrava, hay más desperdicios, más contaminación y cada vez la solución será más compleja, por lo que el Estado Municipal debe actuar lo antes posible para así permitir que los vecinos puedan vivir en un lugar mejor para su desarrollo y no extender más dichasituación en el tiempo que luego será más difícil remediar
Que el barrio La Paloma cuenta con entidades educativas tanto escuelas como jardines de infantes que se están viendo vulneradas a raíz de la situaciónantes mencionada por lo tanto el Municipio debe encarar políticas en materia de salud a fin de evitar la afectación de los niños que allí residen
Que la inversión del Estado Municipal será mucho menor teniendo en cuenta la propagación de enfermedades que esto genera, lo que obliga luego a los vecinos a requerir atención médica que resulta en esfuerzo fiscal mayor parte el Estado
Que la situación económica del país en general, teniendo en cuenta los aumentos en los alimentos de la canasta básica, el transporte y las tarifas de los servicios, es compleja e impide a los vecinos poder realizar otro tipo de gastos,por lo que es necesario la ayuda del Estado para permitirles una limpieza adecuada
Por todo lo expuesto anteriormente, el Bloque del Frente Para la Victoria propone la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Otórguese un subsidio a los habitantes del barrio de La Paloma con la finalidad de cubrir los gastos del camión atmosférico
ARTÍCULO 2°: Dicho subsidio será entregado a la empresa con la única finalidad de cumplir los servicios en el barrio mencionado
ARTÍCULO 3°: El servicio debe estar garantizado y cumplirse una vez por mes
ARTÍCULO 4°: Comuníquese a la Secretaría que corresponda y habilítese la modificación presupuestaria necesaria para cumplir con la presente normativa
ARTÍCULO 5°: Dicha ordenanza debe aplicarse en un plazo no mayor a 30 días corridos luego de su aprobación
ARTÍCULO 6°: Dé forma
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